deontologia juridica_ed2014.pdf

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  • 1

  • 2

    AUTORIDADES

    Canciller

    Su Excelencia Reverendsima

    Mons. MARIO ANTONIO CARGNELLO

    Arzobispo de Salta

    Rector

    Pbro. Lic. JORGE ANTONIO MANZARZ

    Vice-Rectora Acadmica

    Mg. Dra. MARA ISABEL VIRGILI DE RODRGUEZ

    Vice-Rectora Administrativa

    Mg. Lic. GRACIELA MARA PINAL DE CID

    Secretario General

    Dr. GUSTAVO ADOLFO FIGUEROA JEREZ

  • 3

    REFERENCIAS DE CONOS

    Actividad en el foro.

    Actividad de reflexin no obligatoria.

    Actividad grupal.

    Actividad individual.

    Actividad obligatoria. Debe ser enviada para su evaluacin.

    Atencin.

    Audio.

    Bibliografa. Lecturas complementarias.

    Glosario.

    Pgina web. Internet.

    Sugerencia.

    Video.

  • 4

    NDICE

    AUTORIDADES ........................................................................................................................................................... 2

    REFERENCIAS DE CONOS ....................................................................................................................................... 3

    CURRCULUM VITAE .................................................................................................................................................. 9

    PLANIFICACIN ........................................................................................................................................................ 10

    PROGRAMA DE CTEDRA MODALIDAD NO PRESENCIAL .......................................................................... 10

    EQUIPO DOCENTE ........................................................................................................................................... 10

    FUNDAMENTOS DE LA ASIGNATURA ............................................................................................................ 10

    OBJETIVOS ........................................................................................................................................................ 10

    CONTENIDOS PROPUESTOS .......................................................................................................................... 11

    METODOLOGA ................................................................................................................................................. 13

    EVALUACIN ..................................................................................................................................................... 13

    RECURSOS DIDCTICOS ................................................................................................................................ 13

    BIBLIOGRAFA ................................................................................................................................................... 13

    CONSULTA ALUMNOS ..................................................................................................................................... 14

    ORIENTACIN BIBLIOGRFICA ............................................................................................................................. 15

    UNIDAD 2. PRINCIPALES POSTURAS ACERCA DEL FUNDAMENTO DE LA MORAL ...................................... 15

    UNIDAD 3. CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE LA DEONTOLOGA ............................................................... 15

    UNIDAD 4. DERECHO Y MORAL .......................................................................................................................... 15

    UNIDAD 5. LA MORAL EN EL DERECHO POSITIVO ARGENTINO ..................................................................... 16

    UNIDAD 6. LA CONDUCTA PROCESAL ............................................................................................................... 16

    UNIDAD 7. DEONTOLOGA PROFESIONAL ........................................................................................................ 16

    Ejercicio 1 ....................................................................................................................................................................... 17

    UNIDAD 8. EL EJERCICIO DE LA ABOGACA ...................................................................................................... 17

    UNIDAD 9. EL COLEGIO PBLICO DE ABOGADO. ............................................................................................. 17

    UNIDAD 10. DEONTOLOGA DE LA FUNCIN JUDICIAL .................................................................................... 17

    UNIDAD I .................................................................................................................................................................... 18

    DIAGRAMA DE CONTENIDOS ................................................................................................................................. 18

    I. INTRODUCCION AL ESTUDIO DE LA DISCIPLINA ........................................................................................... 18

    Presentacin de la unidad .................................................................................................................................. 18

    1.1. Nocin de tica, moral y deontologa. Moralidad y ciencia moral ............................................................... 19

    La Moralidad ................................................................................................................................................................... 20

    ACTIVIDAD N 1 ..................................................................................................................................................... 21

    Ciencia Moral .................................................................................................................................................................. 21

    Deontologa ..................................................................................................................................................................... 22

    1.2. Niveles del saber prctico. Principios generales y partes especiales de la deontologa. Nocin de

    deontologa profesional y de deontologa jurdica .............................................................................................. 23

    Deontologa es saber prctico ........................................................................................................................................ 23

  • 5

    Las reglas del obrar y del hacer ...................................................................................................................................... 23

    Nocin de Deontologa Jurdica y Deontologa Profesional ............................................................................................ 25

    ACTIVIDAD N 2 ......................................................................................................................................................... 26

    1.3. Objetivo y mtodo ........................................................................................................................................ 27

    Objeto ............................................................................................................................................................................. 27

    Mtodo de la Deontologa ............................................................................................................................................... 27

    1.4. La experiencia del hecho moral ................................................................................................................... 28

    1.4.1. Elementos del hecho moral ................................................................................................................................... 29

    1.4.2. La doble constriccin ............................................................................................................................................ 29

    1.4.3. Esencia del Hecho Moral ...................................................................................................................................... 29

    ACTIVIDAD N 3 ......................................................................................................................................................... 30

    1.4.4. Caracteres del Hecho Moral. Especificidad y universalidad .................................................................................. 30

    1.5. Ubicacin epistemolgica en el saber jurdico ............................................................................................ 31

    1.5.1. Practicidad de la Ciencia Jurdica ......................................................................................................................... 31

    1.5.2. Iniciativas desde el mbito Profesional ................................................................................................................. 32

    1.5.3. Realidad de la Inconducta Profesional .................................................................................................................. 33

    UNIDAD II ................................................................................................................................................................... 35

    2. PRINCIPALES LNEAS ACERCA DEL FUNDAMENTO DE LA MORAL ............................................................ 35

    ACTIVIDAD N 4 ......................................................................................................................................................... 36

    2.1. DIRECCIN SOCIOLGICO POSITIVISTA ................................................................................................................ 36

    ACTIVIDAD N 5 ......................................................................................................................................................... 37

    EL POSITIVISMO SOCIOLGICO ............................................................................................................................ 37

    ACTIVIDAD N 6 ......................................................................................................................................................... 37

    2.2. DIRECCIN UTILITARISTA. LAS MORALES EMPRICAS ............................................................................................. 37

    Qu significa una moral emprica? ............................................................................................................................ 38

    ACTIVIDAD N 7 ......................................................................................................................................................... 38

    2.3. LAS MORALES RACIONALES ................................................................................................................................. 38

    Direccin del realismo moral .............................................................................................................................. 38

    El realismo moral ................................................................................................................................................ 39

    ACTIVIDAD N 8 ......................................................................................................................................................... 39

    EL BIEN MORAL ....................................................................................................................................................... 39

    ACTIVIDAD N 9 ......................................................................................................................................................... 40

    2.4. APORTES Y CRTICAS DE LAS DOCTRINAS. PUNTOS EN QUE ESTN DE ACUERDO ................................................... 40

    2.5. RESUMEN DE LOS CONTENIDOS DE LA UNIDAD II .................................................................................................. 40

    La cuestin del fundamento de la deontologa ................................................................................................... 40

    Direccin utilitarista ............................................................................................................................................. 42

    EL REALISMO FILOSFICO .......................................................................................................................................... 43

    Bien ontolgico ................................................................................................................................................... 44

    Bien moral ........................................................................................................................................................... 44

    Bien y felicidad .................................................................................................................................................... 45

  • 6

    DEONTOLOGA Y OBLIGACIN ..................................................................................................................................... 45

    Sntesis de la doctrina del realismo .................................................................................................................... 45

    UNIDAD III .................................................................................................................................................................. 46

    CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE LA DEONTOLOGA .................................................................................... 46

    PRESENTACIN ......................................................................................................................................................... 46

    3.1. LA LEY MORAL NATURAL. SUS PROPIEDADES Y SU MODO DE CONOCIMIENTO .......................................................... 46

    Esquema N 1 ..................................................................................................................................................... 47

    Esquema N 2 ..................................................................................................................................................... 48

    LOS PRINCIPIOS DEL ORDEN MORAL ................................................................................................................ 48

    Sus propiedades son .......................................................................................................................................... 48

    Referencias de Fuentes ...................................................................................................................................... 49

    Esquema N 3: La Sindresis ............................................................................................................................. 50

    Recapitulacin de concepto................................................................................................................................ 51

    Esquema N 4 ..................................................................................................................................................... 52

    Explicacin .......................................................................................................................................................... 52

    Esquema N 5 ..................................................................................................................................................... 53

    Comentario 3 ...................................................................................................................................................... 54

    3.1. (CONT.) La virtud. Nocin de las virtudes fundamentales .......................................................................... 55

    ACTIVIDAD N 10 ....................................................................................................................................................... 56

    ANEXOS ..................................................................................................................................................................... 57

    LEY MORAL NATURAL ............................................................................................................................................ 57

    ALGUNAS NOCIONES LGICAS PREVIAS ...................................................................................................................... 57

    Definicin del Juicio ............................................................................................................................................ 57

    Definicin de la Proposicin ............................................................................................................................... 57

    Las cuatro proposiciones .................................................................................................................................... 57

    NOCIN DE LA OPOSICIN ......................................................................................................................................... 58

    EL FUNDAMENTO Y LOS FINES DEL DERECHO ............................................................................................................. 58

    El Naturalismo .................................................................................................................................................... 58

    El Positivismo ..................................................................................................................................................... 59

    Las Virtudes Morales .......................................................................................................................................... 62

    La Conciencia ..................................................................................................................................................... 65

    Estados en que puede encontrarse la conciencia ........................................................................................................... 66

    Conciencia verdadera y conciencia errnea ................................................................................................................... 67

    Conciencia cierta y conciencia dudosa ........................................................................................................................... 68

    Determinacin de la moralidad de un acto ......................................................................................................... 69

    El objeto o finalidad objetiva de la accin ....................................................................................................................... 69

    Las Circunstancias .......................................................................................................................................................... 69

    La finalidad del agente .................................................................................................................................................... 70

    Condiciones y condicionamientos de los actos humanos ............................................................................................... 70

    Condiciones para que se de un acto moral ..................................................................................................................... 70

  • 7

    El conocimiento o advertencia ........................................................................................................................................ 70

    Impedimentos a la advertencia ....................................................................................................................................... 70

    La Voluntariedad ................................................................................................................................................. 71

    Impedimentos a la Voluntariedad .................................................................................................................................... 72

    Las pasiones ................................................................................................................................................................... 73

    La Violencia ........................................................................................................................................................ 74

    Los Hbitos ......................................................................................................................................................... 74

    Condicionamiento de los Actos Humanos .......................................................................................................... 74

    UNIDAD IV ................................................................................................................................................................. 76

    EL ORDEN MORAL Y EL ORDEN JURDICO. DISTINCIN Y RELACIN. EL ORDEN JURDICO POSITIVO.

    OBLIGATORIEDAD MORAL DE LAS NORMAS JURDICAS POSITIVAS. LMITES A LA OBLIGATORIEDAD

    MORAL DE LAS NORMAS POSITIVAS. EL CASO DE LA LEY INJUSTA ............................................................ 76

    UNIDAD V .................................................................................................................................................................. 83

    PRINCIPALES LNEAS ACERCA DEL FUNDAMENTO DE LA MORAL ................................................................ 83

    a. la que niega la regla moral ............................................................................................................................. 83

    b. Otras posiciones se preocupan por buscar el fundamento de la moral ......................................................... 85

    Crtica de las doctrinas .................................................................................................................................................... 89

    APNDICE I ............................................................................................................................................................... 90

    TICA EN LA VIDA UNIVERSITARIA ...................................................................................................................... 90

    RESUMEN ................................................................................................................................................................. 90

    LA ENSEANZA DE DEONTOLOGA JURDICA ................................................................................................................ 90

    (Apuntes de una experiencia) ............................................................................................................................. 90

    APNDICE II .............................................................................................................................................................. 95

    CONCLUSIONES TICA DE LA ABOGACA PRIMERAS JORNADAS NACIONALES ........................................ 95

    TEMA PRIMERO ........................................................................................................................................................ 95

    LA ENSEANZA DE LA TICA COMO MISIN DE LAS FACULTADES O ESCUELAS DE DERECHO .......................................... 95

    TEMA SEGUNDO ...................................................................................................................................................... 96

    LA TICA EN EL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA ABOGACA .......................................................................................... 96

    TCNICAS ADECUADAS PARA EL RESGUARDO DE LA TICA EN EL EJERCICIO PROFESIONAL ........................................... 98

    TEMA TERCERO ....................................................................................................................................................... 99

    LA TICA Y LA MAGISTRATURA .................................................................................................................................... 99

    RECOMENDACIONES ......................................................................................................................................... 102

    Recomiendan ................................................................................................................................................................ 102

    TRABAJO PRCTICO - APNDICE II ........................................................................................................................... 102

    APNDICE III ........................................................................................................................................................... 103

    DOCTRINA ACTOS JURDICOS DE OBJETO INMORAL EJERCICIO ................................................................ 103

  • 8

    TRFICO DE CLIENTELA .................................................................................................................................... 103

    (Actos Jurdicos de Objeto Inmoral) ................................................................................................................. 103

    TRABAJO PRCTICO - APNDICE III .......................................................................................................................... 105

    APNDICE IV ........................................................................................................................................................... 109

    DECLOGO DEL ABOGADO ................................................................................................................................. 109

    EJERCICIOS ........................................................................................................................................................ 109

    TRABAJO PRCTICO - APNDICE IV .......................................................................................................................... 109

  • 9

    CURRCULUM VITAE

    Antecedentes Personales Jos Eduardo Durand Mendioroz. Nacido en Salta, el 27-09-55. Egres en 1973 como Bachiller Humanista (Instituto Inmaculada, Pcia. de Buenos Aires) y en 1978 como Abogado (Universidad de Buenos Aires). Se desempea en la docencia universitaria desde 1979, en la Facultad de Ciencias Jurdicas de la Universidad Catlica de Salta. En ese ao lectivo fue designado profesor Ayudante de Introduccin al Derecho y de Filosofa del Derecho. Fue profesor Adjunto de Doctrina Social de la Iglesia y Adjunto a cargo de Filosofa del Derecho durante dos aos, por licencia del Titular. Actualmente es integrante del Departamento de Fundamentos del Derecho de dicha Facultad y Adjunto a cargo de las ctedras de Introduccin al Derecho y de Deontologa Jurdica. Se desempe como Vicepresidente del Instituto de formacin Universitaria de Salta, ocupando en la actualidad idntico cargo en la Fundacin Ecmene, entidades ambas de fines acadmicos. Fue convencional para la reforma de la Constitucin de Salta en 1986 y diputado por el Departamento Capital en el perodo 1987/91. Ejerce la profesin de abogado, habiendo desempeado diversas asesoras de entidades de carcter pblico y privado. Autor de "Lecciones de Introduccin al Derecho", vol 1. (Ed. UCASAL), y "Deontologa de la Profesin Mdica", Ed. UCASAL (Mdulo para rea de Postgrado de Cs. de la Salud).

  • 10

    PLANIFICACIN

    AO LECTIVO 2014

    PROGRAMA DE CTEDRA MODALIDAD NO PRESENCIAL

    UNIDAD ACADMICA: FACULTAD DE CIENCIAS JURDICAS

    CARRERA: DERECHO

    CTEDRA: DEONTOLOGA JURDICAS AO: 5 RGIMEN: 2 Semestre

    EQUIPO DOCENTE

    PROFESOR

    Autor: Dr. Jos Durand Mendioroz Profesor: Dr. Jorge Montenegro

    FUNDAMENTOS DE LA ASIGNATURA Para la ciencia jurdica moderna, desde una perspectiva puramente racionalista, la nica realidad que puede ser aprehendida y comprendida es la norma, el conjunto de proposiciones sistematizadas, los distintos sistemas armados deductivamente con perfeccin. Reducir el conocimiento jurdico al estudio de las normas positivas, constituye una mutilacin del entendimiento, es condenarse a no entender del Derecho y ni siquiera a la ley vigente misma. Frente a esta opcin, sigue teniendo valor el camino enseado por la filosofa realista: es imprescindible para responder a la pregunta qu es el Derecho?, ubicarnos en el campo metafsico. El ser es lo primordial y lo radical, y el Derecho, como todo lo que es, est con relacin al ser, la Metafsica. Ahora bien, un aspecto del ser, objeto de la Metafsica, es el deber, objeto de la Moral. Por consiguiente, como el Derecho pertenece al orden prctico o moral, es necesario internalizar aquellos principios y normas que la recta razn establece para el logro del bien, perfeccin o plenitud del hombre. Vale decir, resulta ineludible conocer la ley natural, entendida como el conjunto de normas racionales evidentes e inferidas del orden de tendencias o inclinaciones naturales, que dirigen al hombre a sus fines propios, como as tambin las normas ticas positivizadas, que persiguen la proclamacin solemne de un modelo, ejemplo o paradigma que gue la conducta u obra del sujeto agente, teniendo siempre a la ordenacin racional como el constitutivo formal de toda verdadera formacin jurdica y la direccin al bien comn, como su finalidad propia; ello, sin olvidar la ameritacin de los desafos prudenciales que pueden presentarse al abogado en el ejercicio de su profesin libre, en la magistratura judicial o en otros mbitos donde deba desarrollar su actividad especfica.

    OBJETIVOS Generales Presentar la ubicacin epistemolgica de la disciplina y plantear las cuestiones principales de que trata: la naturaleza, el fundamento y las condiciones de la tica de la abogaca, comprensiva no slo de una deontologa profesional sino tambin de los principios morales generales que fundamentan objetivamente esa deontologa. Iniciar a los alumnos en la reflexin sistemtica sobre esos temas y en la bsqueda de respuestas.

  • 11

    Especficos Nivel Informativo Que el alumno:

    Descubra los problemas de la deontologa jurdica.

    Conozca las distintas soluciones dadas a travs de la historia. Nivel Formativo Que el alumno:

    Experimente la necesidad de la reflexin filosfica como bsqueda de la verdad ltima plasmada en la ley tica natural.

    Descubra e internalice una respuesta coherente sobre las cuestiones de la deontologa jurdica.

    Adquiera el hbito de analizar las posiciones formuladas en la historia o verificadas en la vida cotidiana y de valorarlas en confrontacin con la verdad alcanzada.

    Nivel Educativo. Que el alumno:

    Ordene sus potencias a la aprehensin de los primeros principios del Derecho.

    Se disponga a determinar y actualizar lo justo, segn la verdad descubierta.

    CONTENIDOS PROPUESTOS UNIDAD 1. INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LA DISCIPLINA. PRESENTACIN 1.1 Nocin de tica, moral y deontologa. La moralidad y la ciencia moral. Principios generales y partes

    especiales de la deontologa. Nocin de deontologa profesional y de deontologa jurdica. 1.2 Objeto y mtodo. 1.3 La experiencia del hecho moral. 1.4 Ubicacin epistemolgica en el saber jurdico. TEMA I. DEONTOLOGA GENERAL UNIDAD 2. PRINCIPALES LNEAS ACERCA DEL FUNDAMENTO DE LA MORAL 2.1 Direccin sociolgico positivista. Escepticismo y relativismo. El positivismo. Augusto Comte, Levy

    Brhl. La Escuela Sociolgica. 2.2 Direccin utilitarista. Antecedentes; hedonismo y eudemonismo. El utilitarismo en la modernidad. J.

    Bentham. 2.3 El realismo moral. El bien en general. Naturaleza y finalidad. Bien til y bien honesto. El bien moral. 2.4 Aportes y crtica de las doctrinas. Puntos en que estn de acuerdo.

    UNIDAD 3. CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE LA DEONTOLOGA 3.1 La ley moral natural; sus propiedades. La virtud. Nocin de las virtudes fundamentales. 3.2 La conciencia moral; su naturaleza. Estados de la conciencia. 3.3 Los actos humanos; sus condiciones y condicionamientos. Determinacin de la moralidad de un acto:

    objeto, circunstancias y finalidad subjetiva. TEMA II. DEONTOLOGA JURDICA

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    UNIDAD 4. DERECHO Y MORAL 4.1. El orden moral y el orden jurdico. Distincin y relacin de los mismos. 4.2. El orden jurdico positivo. Obligatoriedad moral de las normas jurdicas positivas. 4.3. Lmites a la obligatoriedad moral de las normas positivas. El caso de la ley injusta. Leyes meramente

    penales. UNIDAD 5. LA MORAL EN EL DERECHO POSITIVO ARGENTINO 5.1. La Constitucin Nacional y los tratados internacionales. Conductas tipificadas del Cod. Penal. La

    cuestin del dao moral. 5.2. Esquema fundamental del Cdigo Civil. Los actos jurdicos de objeto inmoral. Los aportes de la

    Jurisprudencia. Los institutos de la ley 17.711 de reforma del Cdigo Civil. 5.3. Previsiones de la ley procesal. La codificacin de las normas de deontologa profesional. UNIDAD 6. LA CONDUCTA PROCESAL 6.1. El principio de lealtad procesal. Facultades de los jueces en resguardo de la buena fe procesal. 6.2. Conducta procesal indebida; negligente, dilatoria, temeraria, maliciosa, irrespetuosa. 6.3. Concurrencia de facultades disciplinarias. Diversidad de rdenes normativos.

    TEMA III. DEONTOLOGA DE LAS PROFESIONES JURDICAS UNIDAD 7. DEONTOLOGA PROFESIONAL 7.1. Concepto de profesin. Las profesiones Liberales. Deberes profesionales generales. 7.2. La Abogaca como profesin liberal. Su origen y naturaleza. El abogado en relacin de dependencia. 7.3. Trascendencia social de la profesin. El deber esencial. Jerarqua del abogado. Delegacin del

    poder de polica profesional en colegios pblicos. 7.4. Funciones del abogado en el campo jurdico; con relacin a la norma positiva dada y como fuente

    material pre-normativa.

    UNIDAD 8. EL EJERCICIO DE LA ABOGACA 8.1. Los principios de independencia y de libertad en el ejercicio de la abogaca. Deberes para con la

    sociedad y la profesin. 8.2. La dignidad y el decoro profesional. El estilo y las tradiciones forenses. Memorias y "mandamientos". 8.3. Naturaleza de la relacin con el cliente. El deber de fidelidad. Otros deberes derivados de la relacin.

    Lealtad del cliente hacia el abogado. El honorario. 8.4. Aceptacin de causas civiles y penales. Desarrollo y cese de la relacin. El secreto profesional.

    UNIDAD 9. EL COLEGIO PBLICO DE ABOGADOS 9.1. El principio de colegialidad. La colegiacin obligatoria; su constitucionalidad. Ejercicio ilegal de la

    profesin. 9.2. Funciones del Colegio Pblico de Abogados. El Derecho Disciplinario; su autonoma. El Tribunal

    de tica y Disciplina. 9.3. Los vnculos de colegialidad. Deberes hacia los colegas. Relacin con los magistrados.

    UNIDAD 10. DEONTOLOGA DE LA FUNCIN JUDICIAL 10.1. Trascendencia tica. Deberes profesionales generales. Deberes de independencia e

    imparcialidad. 10.2. La seleccin de magistrados. Capacitacin y carrera judicial. Inamovilidad e intangibilidad de las

    remuneraciones. Destitucin. 10.3. Certeza motivada y certeza personal. El juez ante la norma positiva injusta. El ejercicio de la

    accin pblica por el fiscal.

  • 13

    METODOLOGA Nuestra asignatura quiere ser un nexo entre la ltima etapa de los estudios universitarios y una dimensin fundamental de la vida profesional del egresado, cual es la tico-profesional. Por ser una materia de grado, ser tratada con el rigor que requiere la enseanza universitaria. Por estar concebida en vista a la futura actividad profesional del egresado, se orientar con criterio prctico al estudio de las situaciones que se le plantean a ste en el ejercicio de la abogaca. La extensin y complejidad del objeto de esta asignatura han hecho necesaria la incorporacin de una unidad introductoria, donde se efectan mayores precisiones sobre sus aspectos generales, a las que me remito. No obstante, vale dejar aclarado que en el mdulo correspondiente a la primera unidad, se incorporan apndices y ejercicios que comprenden temas de toda la materia. Ello a los efectos de obtener una primera visin globalizadora y de plantear ab initio problemas concretos, que despierten el inters del estudiante.

    EVALUACIN Las condiciones para regularizar la materia sern informadas por el docente a travs del foro de la materia, como asimismo en los "cuadros de regularidad" que se publicaran en la pgina.

    RECURSOS DIDCTICOS

    BIBLIOGRAFA

    SISTEMTICA

    AUTOR TITULO EDITORIAL LUGAR Y AO

    DE EDICIN

    Jacques Leclercq. Las Grandes Lneas de la Filosofa Moral.

    Gredos, Madrid.

    Rafael Gmez Prez. Deontologa Jurdica. Universidad de Navarra S.A.,

    Pamplona

    Ral Horacio Vias. tica y Derecho de la Abogaca y Procuracin.

    Pannedille, Buenos Aires.

    Rodolfo Luis Vigo. tica del Abogado. Conducta Procesal Indebida.

    Abeledo Perrot. Buenos Aires.

    FORMATIVA

    AUTOR TITULO EDITORIAL LUGAR Y ANO

    DE EDICIN

    ngel Ossorio y Gallardo.

    El Alma de la Toga.

    Piero Calamandrei. Demasiados Abogados.

    OBS: Esta bibliografa se complementa con la Ampliatoria que ser proporcionada durante el curso y con anlisis de jurisprudencia y precedentes de los Tribunales de tica.

    Nota: Las unidades del programa que no se encuentren desarrolladas en ste mdulo, deben estudiarse directamente desde la "bibliografa bsica"

  • 14

    CONSULTA ALUMNOS

    Tiempo Responsables Modalidad (presencial y/o virtual)

    Dr. Jorge Montenegro

  • 15

    ORIENTACIN BIBLIOGRFICA

    UNIDAD 2. PRINCIPALES POSTURAS ACERCA DEL FUNDAMENTO DE LA MORAL

    Consultar la obra de Leclercq (Bibli.). Este autor trata el tema con una amplitud mucho mayor que la que exige el programa. Por ello, se toma de su esquema slo una direccin representativa de las principales divisiones que realiza el autor, de acuerdo al siguiente CUADRO. Doctrinas acerca del fundamento de la Moral (Programa de Estudio: Nros. 2.1 y 2.2.). Los nmeros entre parntesis, corresponden a las pginas de la obra de Leclercq.

    Actitud escptica (53/54) NO Relativismo contemporneo (54/57) Positivismo Sociolgico (57/62) EMPRICA Utilitarismo (antiguo, 83/89) SI (Bentham, 89/103) RACIONALES Moral Cristiana (183/193)

    A continuacin, el autor inicia el desarrollo sistemtico de la moral cristiana (receptado en nuestro programa como punto 2.3.), consultar pgs. 208 a 226. Programa. Nro. 2.4.: aportes y crticas, se toman de los textos de exposicin ya referidos y puntos en que estn de acuerdo se toman de las pgs. 194/202.

    UNIDAD 3. CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE LA DEONTOLOGA

    En esta Unidad la obra bsica es la de Gmez Prez (Bibl.) (los Nros. entre parntesis corresponden a las pgs. de la misma). 3.1 (22/29)

    3.2 (45/58) 3.3 (59/72)

    UNIDAD 4. DERECHO Y MORAL

    4.1. Consultar a modo de sntesis- el Manual de Introduccin al Derecho 4ta. Ed. Abeledo Perrot, de Federico Torres Lacroze, Pgs. 162/172. 4.2. y 4.3. Se estudian de Gmez Prez, citndose entre parntesis las pginas correspondientes. El concepto de orden jurdico positivo, no obstante, repasarlo utili-zando algn manual de Introduccin al Derecho.

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    4.2. Obligatoriedad (33/35)

    4.3. Lmites ley injusta (35/36) Leyes meramente penales (36/38) Interpretacin/equidad (38/40)

    UNIDAD 5. LA MORAL EN EL DERECHO POSITIVO ARGENTINO

    5.1 V. Constitucin Nacional y Tratados incorporados, en lo relativo a la dignidad de la persona humana, como marco normativo del orden jurdico positivo argentino. Cdigo Penal: Delito contra el honor y contra la honestidad. Nocin y comentario doctrinario (cualquier autor de Derecho Penal). El dao moral. Concepto y comentario de cualquier autor (civilista).

    5.2 Ver Mdulo I, apndice III. Consultar Cd. Civil Comentado (cualquier autor), comentario al art. 953 y ver jurisprudencia all citada. Instituto de la ley 17.711, consultar justicia Contractual de Jorge Mosset Iturraspe. Consultar cualquier cdigo procesal civil de la Nacin comentado, doctrinado y jurisprudencia correspondiente a los arts. 34 inc. 5), ap. d) y 45. Hacer lo propio con idnticos artculos del Cod. De Salta (y, en caso de ser el estudiante de Jujuy), los correspondientes de esa provincia).

    5.3 Consultar la ley de creacin del Colegio de Abogados de Salta (5412 y modific.) y la de creacin del Colegio Pblico de Abogados de la Capital Federal y su Cdigo de tica. (Normas anlogas, en su caso, de Jujuy)

    UNIDAD 6. LA CONDUCTA PROCESAL

    6.1. Consultar Gmez Prez, pgs. 95 a 107 (naturaleza del proceso. Relacionarlo con el punto 5.3. (prev. Ley procesal).

    6.2. Consultar Vigo, Rodolfo (tica del Abogado Conducta Procesal Indebida; v. Bibl.).

    6.3. Concurrir al Tribunal de tica y Disciplina y pedir precedentes donde conste que

    existe concurrencia de facultades disciplinarias (del Juez civil en las inconductas procesales y del tribunal de tica) por tratarse de rdenes normativos diferentes.

    UNIDAD 7. DEONTOLOGA PROFESIONAL

    7.1. y 7.2. Extracto del Mdulo de Deontologa Mdica, del titular de ctedra (se acompaa fotocopias y Mdulo I, apndice I, cap. V y ss.).

    7.3. Ver en Cd. de tica de Salta arts. Correspondiente a deber esencial y

    equiparacin con magistrado del abogado. Ver doctrina del fallo publicado en El Derecho, tomo 119, pgs. 274 y ss. Sobre constitucionalidad de la delegacin en colegios Pblicos del poder de polica profesional.

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    7.4. Vigo (op. cit.) consultar cap. 5 de la Primera Parte.

    Ejercicio 1

    Con los elementos considerados en esta Unidad, elabore un ensayo dando su opinin sobre la trascendencia social de la profesin de abogado, (mnimo: dos carillas oficio, a mquina, doble espacio).

    UNIDAD 8. EL EJERCICIO DE LA ABOGACA

    8.1. Ver arts. Correspondiente del Cd. de tica de Salta y consultar Carlo Lega: Deontologa de la profesin de Abogado, Ed. Civitas S.A., caps. Correspondiente.

    8.2. Lectura del El Alma de la Toga (Bibl.) y Mandamientos contenidos en la obra de Vias (Bibl.); sobre el decoro profesional, Gmez Prez, pgs. 173 a 180.

    8.3. Consultar Carlo Lega, op. cit. Y Gmez Prez, pgs. 168 a 171: jurisprudencia

    acerca de la naturaleza jurdica del honorario profesional de abogado.

    8.4. Consultar arts. Correspondientes del Cd. de tica de Salta y Gmez Prez, pgs. 162 a 168 y 171 a 173 (medios de defensa) y 203 a 207 (secreto profesional).

    UNIDAD 9. EL COLEGIO PBLICO DE ABOGADO.

    9.1 Ppio. De colegialidad: ver Lega, Carlo (op. cit.) cap. X, (167/180) Ver art. Publicado por Dr. Humberto Alias DAbate en Rev. Doctrina Jurdica (Ao VI, N 9) sobre el ejercicio de la abogaca y el Colegio de Abogados de Salta. Constitucionalidad ver fallo de Corte Suprema y C. Nac. De Apel en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala IV (texto completos) publicados en el Derecho, Tomo 119 pgs. 274 y ss. Ejercicio ilegal: ver leyes de colegiacin provincial y nacional (Ley 23.187).

    9.2 Ver leyes de colegiacin nacional y provincial.

    9.3 Ver respectivas leyes de colegiacin, y cds. De tica vigentes (arts. Correspondientes).

    UNIDAD 10. DEONTOLOGA DE LA FUNCIN JUDICIAL

    10.1 y 10.3. Trascendencia tica: Gmez Prez, 113/132. 10.2 Estudiar mecanismos de las constituciones de la Nacin y de la Provincia

    para designacin y destitucin de magistrados.

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    UNIDAD I

    DIAGRAMA DE CONTENIDOS

    Elementos del Hecho tica Dobleconstriccin Moral Esencia Deontologa Caracteres Moralidad Ciencia moral

    Deontologa Jurdica Deontologa Profesional

    I. INTRODUCCION AL ESTUDIO DE LA DISCIPLINA

    Presentacin de la unidad

    En apretada sntesis, nuestra asignatura comprende tres temas:

    1. el de los principios generales de la moral; 2. el de la relacin entre la moral y el orden jurdico positivo; 3. y el de la tica profesional de la abogaca y dems oficios jurdicos.

    Como puede observarse el criterio adoptado para el desarrollo de stos contenidos, va de lo general a lo particular, sirviendo el primer tema de fundamento de los siguientes. La vastedad del objeto de estudio hace necesaria la presente unidad, de carcter introductorio, donde se estudian las nociones ms elementales y los principales aspectos epistemolgicos que hacen a la materia.

    Deontologa

    Nociones de Experiencia del Hecho Moral

    INTRODUCCIN AL ESTUDIO DE LA DISCIPLINA

    Ubicacin Epistemolgica en el saber jurdico

    Objeto y Mtodo

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    La incorporacin de Deontologa Jurdica a los planes de estudio de la carrera de abogaca ha sido promovida por dos vas diferentes; una de ellas, el inters de los mismos profesionales del derecho, expresado en numerosos congresos y a travs de sus rganos de colegiacin. La otra va es de origen acadmico, en virtud del "redescubrimiento" de que la ciencia jurdica es una ciencia prctica y como tal, se ordena a regular la praxis jurdica de la sociedad, la que se manifiesta una abigarrada interrelacin de conductas que tiene por protagonistas a legisladores, jueces, funcionarios, pero fundamentalmente, al ciudadano, quien es asistido en las situaciones ms complejas por el abogado. Las conductas jurdicas de todos ellos, en tanto que son actos humanos, tienen una dimensin tica innegable y trascendente lo que justifica plenamente los estudios de Deontologa Jurdica.

    1.1. Nocin de tica, moral y deontologa. Moralidad y ciencia moral

    Los trminos "moral" y "tica" son de significado equivalente, difiriendo slo en su etimologa.

    El Primero El Segundo (Moral) (tica)

    proviene del latn proviene del griego

    MORES ETHOS

    Designndose en ambos casos a la

    COSTUMBRE

    Los antiguos, no obstante, usualmente se referan con estos trminos a las buenas costumbres o costumbres virtuosas, que se convertan en reglas de conducta ejemplares. Es necesario, en esta instancia distinguir entre:

    la moralidad

    En tanto hecho que se verifica en la convivencia social, que posee caractersticas especficas.

    la ciencia Que tiene por objeto de estudio esa realidad que es la moralidad.

    la palabra moral (o

    tica) se refiere:

    - A la moralidad como hecho social.

    - A la ciencia que estudia ese fenmeno.

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    La Moralidad

    La ms elemental de las experiencias nos pone en contacto con El Hecho Moral

    ste se verifica En la Interrelacin social En la Interioridad de las conciencias

    y

    Se manifiesta en juicios de aprobacin y censura propia

    sobre la conducta humana

    ajena La moralidad es una dimensin propia del ser humano, referida a su obrar racional y libre, siempre presente en su devenir histrico, an en las sociedades ms primitivas. Por ello puede afirmarse la universalidad del hecho moral. Existe un "sentido moral" en el comn de las gentes, producto de un acto espontneo de su razn prctica, con el que se formulan las normas morales que regulan los actos humanos, entendiendo por tales, aquellos que son realizados con inteligencia y voluntad. El sentido moral, por ejemplo, nos hace ver lo errneo de calificar (moralmente) una persona por un acto realizado sin inteligencia (o advertencia) de su significado y sin voluntad (o intencin) de obtener su finalidad. Es ms, cualquiera de los dos elementos del acto humano que falten absolutamente (sea la advertencia, sea la intencin) hace que la calificacin moral del agente "no tenga sentido". Ensea Jacques Maritain (Lecciones de Filosofa Moral) que la experiencia moral comn nos da un conocimiento natural del bien. "Las gentes no aguardaron a la filosofa para tener una moral", afirma este pensador.

    De sta capacidad de razonamiento natural, inescindible de la experiencia personal y colectiva, se forman a lo largo de las generaciones "...las cosmovisiones, las "filosofas" no fundamentadas ni sistemticas de origen y patrimonio popular, con las cuales se articula la cultura general de un pueblo". (Mndez, Julio, Filosofa del Derecho, Mod. 1). Como veremos en esta misma Unidad, la concepcin moral usual de una comunidad, que es parte inescindible de su cosmovisin, influye en mayor o menor medida, en los juicios de conciencia de los hombres que la integran. La reflexin cientfica del hecho moral toma como punto de partida las concepciones espontneas del sentido moral y las formulaciones morales vigentes en una determinada sociedad histrica.

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    A modo de ejemplo, la Ciencia Moral, siguiendo al sentido moral, formula las condiciones de la moralidad; es decir, los requisitos para que un acto humano pueda ser calificado moralmente:

    Condiciones de la moralidad

    - slo con ambos requisitos -

    tenemos un acto humano calificable moralmente

    ACTIVIDAD N 1

    a. D ejemplos de concepciones provenientes del sentido moral comn de las gentes respecto de los siguientes temas: (formulados como preceptos morales)

    1. Respecto de la palabra empeada. 2. Respecto de la actividad de los jueces. 3. Respecto de los daos causados a otro con discernimiento y

    voluntad.

    b. De un ejemplo de actos humanos donde falta:

    el discernimiento (pero no la voluntad).

    c. Otro, donde falta la voluntad (pero no el discernimiento).

    Ciencia Moral

    La ciencia moral fue definida de muy diferentes maneras por las distintas direcciones del pensamiento filosfico.

    La concepcin sociolgico - positivista la concibe como ciencia descriptiva. considera a la moral como "la ciencia de las costumbres", entendindola como una mera descripcin de los hechos morales usuales de una sociedad histrica determinada, negando la existencia de reglas morales permanentes a las que el hombre deba adecuar su conducta.

    a. Discernimiento o advertencia de la significacin del acto

    b. Voluntad libre de realizar el acto.

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    Quienes, en cambio, conciben la ciencia moral como ciencia del deber ser, afirman que sta es "la ciencia de las leyes ideales de la actividad libre del hombre", (Jolivet, Regis "Moral", Ed. Lohl, Buenos Aires, 1966). Josef Pieper nos aporta, sin contradecir la definicin anterior, una perspectiva valiosa al afirmar: "Asociamos al concepto de moral la idea de una doctrina del hacer y, sobre todo, del no hacer, del poder y no poder, de lo mandado y lo prohibido.. La primera enseanza de Santo Toms es que la Moral trata de la idea verdadera del hombre, la idea del hombre bueno". (Las Virtudes Fundamentales; Ed. Rialp, pg. 12). En consecuencia, para este autor, es la ciencia de las virtudes del hombre, sin desconocer que la virtud consiste en obrar como es debido.

    Deontologa

    Entendemos que el trmino ms adecuado para designar a la ciencia que estudia el fenmeno de la moralidad es "Deontologa", el que expresa con mayor precisin el concepto implicado.

    Esta palabra proviene de los vocablos griegos.

    DEI Deber

    ON Ser

    LOGOS

    (ciencia, tratado)

    Es decir ciencia o tratado del deber ser

    De este modo, no hay lugar para considerar a la Deontologa como una ciencia descriptiva de las conductas usuales de una sociedad, sino que, deontologa, siempre har referencia a la conducta debida, en razn del ser de las cosas. Aludir necesariamente a una ciencia normativa, que le propone al hombre las reglas de su obrar libre, a fin de alcanzar su propio bien. El concepto de Deontologa es equivalente al de ciencia prctica, tanto en su nivel filosfico como en el propiamente cientfico, tal como se expone en el siguiente punto.

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    1.2. Niveles del saber prctico. Principios generales y partes especiales de la deontologa. Nocin de deontologa profesional y de deontologa jurdica

    Deontologa es saber prctico

    La misma opcin por la palabra Deontologa implica una definicin inicial por la capacidad de la inteligencia humana de conocer naturalmente la existencia de un bien que es propio del hombre y, en consecuencia, de dirigir sus actos en orden a la efectiva realizacin de dicho bien. A diferencia de los dems seres del universo, la persona humana busca realizar su propio bien en forma deliberada y consciente. Lo antedicho nos pone en la perspectiva del tipo de conocimiento que corresponde a la Deontologa, el que se identifica con el del saber prctico. Tradicionalmente se divide el saber en:

    Especulativo (o terico): tiene por objeto el ser, en cuanto inteligible; es decir en cuanto susceptible de ser conocido.

    Esta modalidad del saber cumple con su finalidad cuando el ser es conocido tal cual es; es "contemplado" en su propia realidad por la inteligencia en su funcin terica.

    El saber Prctico, en cambio: tiene por objeto el ser en cuanto operable, es decir en cuanto es pasible de la accin (u operacin) humana; lo que significa que este saber siempre tiene por fin dirigir (o regular) la accin, para lo cual formula las normas (o preceptos) a los cuales debe ajustar su conducta.

    Las reglas del obrar y del hacer

    Pero las acciones libres del hombre comprenden un arco demasiado amplio. Desde cocinar o armar una turbina, hasta dar la vida por la patria; desde pasear por el campo, hasta asesinar por dinero. De all que conviene distinguir los campos del hacer y del obrar y, dentro de este ltimo, el obrar calificable moralmente del que es moralmente indiferente.

    Cuando el saber prctico regula la conducta de la persona en orden a

    - su propia perfeccin - el bien del prjimo - el bien social

    nos encontramos en el mbito del obrar humano, que es el de la tica.

    En cambio, cuando dicho saber regula la produccin de cosas, nos encontramos en el mbito del hacer del hombre, que es el de la tcnica o arte. En el primer caso, lo que se busca es el bien del hombre como tal, en el segundo -haciendo abstraccin de la perfeccin del hombre en s- se busca la perfeccin de la cosa producida. Por ejemplo, un tcnico est desarrollando un software para posibilitar una estafa al Fisco. Desde el punto de vista tcnico (mbito del hacer humano) el producto (software) puede estar muy bien hecho, pero la conducta del

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    agente contraria a su propio bien y al bien social, ser moralmente reprobable. Un ejemplo inverso: un hijo se pone a arreglar la heladera de su casa, para evitar que sus padres gasten. Como el chico no tiene conocimientos tcnicos, su hacer es imperfecto, el producto es una reparacin defectuosa. Pero, sin dudas, su conducta es moralmente encomiable. Si bien en la ciencia jurdica existe una tcnica, un hacer que le es propio (de importancia fundamental); en virtud de los objetos ms especficos de nuestra asignatura (la dimensin moral del orden jurdico y la tica profesional del hombre de derecho):

    Nos ocuparemos, en adelante, exclusivamente de esa forma del saber prctico que es la que regula el obrar del hombre en pro de su perfeccin, es decir, del conocimiento prctico tico.

    En orden a lo expuesto, y recordando que todo saber prctico est referido a dirigir la accin, y que hemos identificado a la Deontologa con este saber, se distinguirn tres niveles, que van de lo general a lo singular, y de lo abstracto a lo concreto. a. Filosofa practica o deontologa general El nivel de la filosofa prctica (Deontologa General) tiene por objeto dirigir la accin pero en forma remota, a travs de la formulacin de los principios generales de la actividad moral. Por su mismo carcter de saber prctico se ordena a dirigir la accin, pero no para producir una accin en concreto, sino para analizar y determinar conceptualmente la accin en sus principios ms elementales. "...la filosofa moral refirese mucho ms al fin de los actos morales que a los medios a emplear". (Jolivet, op. cit., 32). Toda la filosofa moral depende del principio supremo de la moralidad, "hay que hacer el bien y evitar el mal", de donde este conocimiento tambin tiene por objeto "buscar de despertar y activar el deseo del bien". Los principios generales de la moralidad sern estudiados por la Parte General de la Deontologa y sern el fundamento del segundo nivel; b. Ciencias practicas o deontologas especiales El segundo nivel del saber prctico es el que se da en las ciencias prcticas (Deontologas Especiales). Este nivel tampoco tiene por fin producir efectivamente la accin concreta, pero la estudia para determinar sus necesidades ms inmediatas. En este nivel del saber prctico se aplican los principios generales a un mbito de la conducta humana ms circunscripto, tratando de llegar con mayor precisin a la resolucin de los problemas especficos que se plantean en dicho mbito. En este nivel del saber prctico se encuentran las partes especiales de la deontologa. Estas no son deontologas diferentes de la Deontologa General, por cuanto esta aporta los principios, que son universales, a las deontologas especiales. No obstante, stas son necesarias en virtud de que existen diversos mbitos del obrar humano (la poltica, la economa, la familia, la sexualidad, la profesin, etc.) donde se plantean problemas especficos, que requieren una mayor aproximacin para determinar las reglas de conducta aplicables a un determinado orden de la actividad humana.

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    Una deontologa especial, no es algo distinto de la deontologa. "...Sin embargo, se justifica, porque se trata de llegar con ms detalle a situaciones especficas, concretas..." que se presentan en la actividad de un abogado y no... de un ingeniero o un nio. c. La prudencia o saber perfectamente practico El saber prudencial es el que se refiere a la produccin de la accin en forma inmediata; es decir, tomada en su realidad existencial, con todas las circunstancias que la definen como dato singular. Este es el saber perfectamente prctico, por su grado mximo de concrecin. Esta realidad explica el instintivo rechazo por parte del sentido comn de la gente, hacia los juicios (sobre cuestiones de ndole prctica) formulados por quienes tienen estudios pero no experiencia. Ocurre en estos casos que, ms all de la mejor o peor formacin acadmica que posea el opinante, ste suele, por inexperiencia (o lo que es lo mismo, falta de prctica) no tener el hbito (prudencia) de considerar y ponderar debidamente todos los factores pertinentes que inciden en la realidad existencial, para adoptar la mejor determinacin posible en el marco de las circunstancias existentes. El sentido comn, en cambio, aprecia al hombre experimentado, dotado del hbito de la prudencia. Ciertamente que una buena formacin en los niveles filosficos y cientficos de la Deontologa, favorecern enormemente a quienes la posean en la resolucin de sus casos concretos. Pero la sola formacin acadmica no reemplaza a la experiencia ni al hbito de la prudencia. Tomemos como ejemplo el ejercicio de la abogaca. Indudablemente el abogado que posee una slida formacin filosfico jurdica (1er. nivel del saber prctico) y cientfica (2 nivel del saber prctico) tendr una buena base para empezar. Pero sta, por s misma, no lo convertir en un prudente del derecho (jurisprudente), no ser en consecuencia -todava- un profesional con pericia. Y la actividad del profesional, precisamente, consiste en saber dar al cliente el consejo jurdico que le conviene en el caso concreto (3er. nivel del saber prctico). Y ste saber perfectamente prctico, slo se adquiere con el ejercicio de la virtud de la prudencia a lo largo de los aos. Es decir, mediante la experiencia!

    Nocin de Deontologa Jurdica y Deontologa Profesional

    De acuerdo a lo expuesto, ambas sern sendas partes especiales de la Deontologa, que procurarn un saber prctico a nivel cientfico. La primera estudiar la relacin de la moral con el orden jurdico, que es primordialmente un orden de conductas, con el fin de formular las reglas ticas pertinentes a las situaciones que en dicho orden se plantean en base a sus particularidades.

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    ACTIVIDAD N 2

    1. Explique el concepto de deontologa. 2. Lea atentamente el siguiente ejemplo:

    Para ejemplificar los tres niveles del saber prctico, tomemos una situacin existencial singular y concreta, que es donde el hombre debe tomar las decisiones adecuadas. Un abogado, Fulano de Tal, debe decidir si acepta la defensa penal que su cliente le est encomendando, sabiendo de antemano que ste es autor del hecho ilcito que se le imputa. (Trfico de estupefacientes) Para ello tendr en cuenta, quizs hasta sin meditarlo especficamente, como principios generales de la accin: Querer obrar -en conciencia- de una manera justa y honesta, que sus actos tiendan a su perfeccionamiento personal, que la administracin de justicia sirva al bien comn a travs de la vigencia del dar a cada uno lo suyo; etc. Como se observa, todos estos principios se orientan hacia lo prctico, constituyen los lineamiento bsicos del accionar, pero son muy genricos. Todava Fulano de Tal -aunque est bien orientado- no est en condiciones de resolver su caso concreto. En una segunda instancia, nuestro colega realizar reflexiones y buscar reglas de accin en el nivel de la Deontologa Profesional del abogado, que se encaminan con ms detalle a casos como el que se le plantea. En primer lugar preceptuar que su accionar debe ser coherente con la naturaleza de la profesin de abogar, que no es otra que la de ser auxiliar de la justicia. No ser desleal con su cliente, pero tampoco con los magistrados. No estar dispuesto a valerse de medios ilcitos para obtener ventaja para su defendido. Querr que el proceso judicial sea el medio idneo para hacer valer los derechos. Ya, cada vez ms cerca, considerar que toda persona tiene derecho a ser juzgado por su juez natural y conforme a derecho; que en materia penal rige el principio de inocencia, que la defensa en juicio del imputado de un delito es un principio que hace a la vigencia de los derechos y garantas constitucionales y que por ende no puede ser negado a nadie. Hasta aqu la deontologa del abogado. Todava le faltan elementos de detalle que definen su caso como dato singular: y las circunstancias que lo rodean con los principios y normas deontolgicas, debe realizar -en conciencia- el juicio prudencial. La etapa que se describe a continuacin no est en ningn libro porque no se puede humanamente prever la totalidad de los casos que pueden plantearse. Los consejos de los sabios, tan importantes siempre, no liberarn a Fulano de Tal de su propia responsabilidad. En la soledad del juicio de su conciencia, deber adoptar la decisin final. El saber hallar la decisin adecuada constituir el saber perfectamente prctico o saber prudencial. Pero, cul es el final de nuestro ejemplo? El final debe quedar abierto, porque se encuentran implicados en esta ltima instancia multitud de elementos psicolgicos, sociolgicos, personales, que impiden una conclusin necesaria. Desde ya, que si el abogado se considera capacitado profesionalmente en derecho penal y estn dadas las condiciones para mantener su libertad de criterio y puede atender con objetividad a su cliente (como se dijo antes, sin ser desleal a los magistrados ni utilizar medios de defensa ilcitos), y ms all de que su cliente haya sido o no culpable, considera que ste tiene derecho a la defensa en juicio como una exigencia de nuestro Estado de Derecho, podr en conciencia aceptar el caso. Si por el contrario, el abogado -por ejemplo- se encontrara impresionado negativamente por el accionar de su cliente y eso pudiese influir en desmedro de una defensa objetiva de sus derechos, en conciencia debe rechazar el asunto. Como se advierte, en nuestro ejemplo, segn las circunstancias personales del abogado, se pueden tomar distintas decisiones igualmente prudentes y ticamente buenas. El caso es que cada uno sepa tomar la suya!

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    3. Ejercicio: Tomando el ejemplo que antecede:

    a. Defina el problema concreto a resolver.

    b. Identifique en las etapas de decisin que plantea:

    la deontologa general

    la deontologa especial (jurdica y profesional)

    la prudencia

    c. Cul sera su eleccin y por qu?

    De modo anlogo, la Deontologa Profesional, considerar los problemas ticos comunes a todas las profesiones, y luego, enfocar los propios de cada profesin.

    1.3. Objetivo y mtodo

    Objeto

    El objeto de nuestra asignatura est sintetizado en las tres partes sistemticas con que se integra el programa de estudios. En el Apndice I de este mdulo se incorpora la comunicacin presentada en el Congreso de tica de la Abogaca de Rosario (Santa Fe, 1993) "La enseanza de la Deontologa Jurdica en la Facultad de Ciencias Jurdicas de la Universidad Catlica de Salta (apuntes de una experiencia)". Nos remitimos al atento examen de ambos documentos, que debern consultarse durante todo el curso. A partir de la lectura del Apndice I, explique el objeto de estudio de la deontologa.

    Mtodo de la Deontologa

    La formulacin y aplicacin de las reglas de conducta requiere de un mtodo complejo; de cuatro etapas Existe un momento inductivo (primera a tercer etapas) hasta la formulacin de la regla de conducta y un momento deductivo (cuarta etapa), que se encamina a la aplicacin de la norma al caso concreto. a. Mediante la experiencia nos introducimos en el conocimiento del ser humano.

    Scrates, afirma Jolivet, tena razn al hacer del "concete a t mismo" el fundamento de la moral. Pero por nuestros sentidos conocemos al hombre existencialmente dado, en su historicidad. La experiencia del hombre histrico nos pondr en contacto con sus usos y costumbres, su derecho, su religin, sus formas polticas, y "...en general, todas las condiciones de hecho, internas y externas, de la vida moral del hombre" (Jolivet, op. cit., 35).

    b. Todos estos aspectos relativos a la moralidad que surgen de la interioridad de

    la persona y de su dimensin social, pasan a ser analizados en sus partes, relacionados, sistematizados, de acuerdo al mtodo de las ciencias descriptivas; con lo cual tenemos -luego de la experiencia inicial- una etapa analtica. En esta etapa, siguiendo a Jolivet, se emplea la va de composicin y

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    de sntesis. "Se trata por ellas de componer y concordar los mltiples y diversos factores que son a la vez necesarios para la perfeccin del diagnstico".

    c. La Deontologa, en tanto saber prctico, tiene una tercera etapa, racional-

    metafsica, donde -habindose transitado por las etapas precedentes- el intelecto aplicado a lo real concreto capta, mediante la abstraccin formal, esencias y naturalezas universales y necesarias. (Jolivet, ibid., 35).

    Los principios y los conceptos universales, son captados de la realidad singular y

    concreta por la razn mediante la abstraccin, pero pertenecen a la metafsica. La resultante, que es una regla de conducta en su mximo de generalidad, ser la gua de accionar concreto del hombre. Pero por su misma generalidad, ste deber aplicarla prudencialmente adaptada a las particulares circunstancias que le toca vivir;

    d. Ya formulada la regla moral, tenemos el segundo momento emprico, puesto

    que sta regla se dirige necesariamente a lo operable, hacia lo concreto,...de nuevo estamos en el mbito de la experiencia. Los deberes se cumplen en funcin de las condiciones de hecho en las que el hombre desenvuelve su actividad (v.35).

    Observamos que la experiencia interviene al principio y al final del proceso por el cual se determina el deber ser.

    1.4. La experiencia del hecho moral

    Ya nos hemos referido la moral como hecho (supra, Moralidad) y al papel que juega la experiencia en la ciencia moral. Ahora, se sistematizar la experiencia del hecho moral, partiendo de sus aspectos ms evidentes, para luego analizar los elementos que componen este fenmeno. Con este tema comienza Jacques Leclercq su obra (cit.), expresando: "Entre los hechos humanos existe uno y se llama moral, igual que la fsica es un hecho y la matemtica y la filosofa y la religin". Agregando a continuacin: "Por encima de la cuestin de saber si tal o tal moral es verdadera, o de saber cul es la verdad moral, ...un hecho se impone: los hombres admiten una verdad moral, creen en ella, poco importa que hayan o no reflexionado sobre ella". "El hecho moral, es decir, el hecho de creer en una regla moral, es un hecho humano. Donde quiera que encontramos hombres los encontramos en posesin de una moral...".

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    Moralidad y sociabilidad son notas inescindibles de la condicin humana, de all que se ha dicho que el hombre es un ser constitutivamente tico y social.

    1.4.1. Elementos del hecho moral

    Desde el punto de vista de la conciencia moral "El hecho moral revela, si se lo analiza, todo un complejo conjunto de elementos racionales (juicios), afectivos (sentimientos) y activos (voluntad)", sostiene Jolivet (op. cit., 10 y ss). a. Elemento racional. La moral se manifiesta por imperativos, que se expresan en

    preceptos ("no robars, no debes retener el salario del trabajador...etc."). Antes del obrar, en dependencia del precepto universal, la conciencia determina -mediante un juicio- que tal acto concreto es bueno o malo, y que, en consecuencia, debe ser realizado o evitado. Luego de realizado el acto, la conciencia vuelve a juzgar aprobando o reprochando, segn se haya cumplido o no con lo previamente determinado

    b. Elemento afectivo. Antes de obrar, este elemento se manifiesta a travs de los

    sentimientos de afeccin al bien y repulsa al mal; de simpata y admiracin al que acta bien, de antipata y menosprecio al que no lo hace. Despus del acto, la conciencia tiene los sentimientos de alegra y paz interior ante la buena obra o de tristeza, inquietud, vergenza, ante lo indebido.

    c. Elemento activo. Consiste en la voluntad, manifestada por la disposicin de los

    medios idneos para la ejecucin del fin requerido (la obra en concreto).

    1.4.2. La doble constriccin

    Por los elementos afectivos que integran el acto de la conciencia moral, descartamos una "neutralidad" de la razn ante el deber impuesto por los preceptos morales. Advertimos un doble condicionamiento, de naturaleza afectiva y racional. El que se da desde la interioridad de la persona, que se encuentra comprometida ante s para obrar como es debido, porque se encuentra implicada su capacidad para la virtud, su perfeccionamiento como ser humano, y su autoestima; por eso la llamaremos constriccin interior. Pero tambin se da otro tipo de constriccin, que llamaremos externa. Es innegable el influjo que ejerce en la toma de decisiones la opinin de los dems. Existen personalidades en las que ste es el factor primordial a considerar (el famoso "qu dirn...). En ocasiones esta opinin es una verdadera presin. La Escuela Sociolgica francesa consideraba la presin social como el factor determinante en la formacin del precepto moral y en su correlativo acatamiento por el individuo. Esta posicin extrema, que llega implcitamente a anular la libertad personal, nos llama la atencin sobre la realidad de la constriccin que ejercen los preceptos sociales, jurdicos, religiosos, etc. adems de los propiamente morales, sobre el juicio de la conciencia.

    1.4.3. Esencia del Hecho Moral

    La presin exterior y los sentimientos propios de la constriccin interior anulan la voluntad de la persona? existe en ellos un determinismo que provoca que el hombre no pueda actuar de un modo distinto? La experiencia nos muestra la incidencia de los sentimientos, de las pasiones y de lo social en el juicio de conciencia. Pero tambin nos muestra la realidad del problema moral, del arduo discurrir los pro y los contras que se dan en el juicio de conciencia, de las

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    diferentes respuestas ante un mismo problema de hombres en condiciones semejantes, donde de hecho se toman actitudes completamente diferentes. La historia nos muestra los conformistas tanto como los revolucionarios que atacan la moral usual de su poca, a los que vencen sus sentimientos interiores y actan "racionalmente" y a los que, ms all de lo que la razn les aconseja, se dejan guiar por las pasiones. Es que all est el hombre, ante el problema moral. Sin duda limitado, pero todava capaz de hacer el esfuerzo, capaz de lograr la hazaa de obrar en plena conciencia, es decir, con libertad para hacer el bien. As puede decirse que, con los condicionamientos propios de su historicidad y de su afectividad, es dueo de sus actos y responsable de sus consecuencias. El sentido moral comn nos muestra el absurdo de calificar moralmente a quien ha obrado bajo una violencia fsica o moral capaz de anular completamente su voluntad. Tampoco descalifica a quien sin culpa ni dolo ha producido un dao. La inteligencia y voluntad, que son propias de la condicin humana, hacen de la libertad y la responsabilidad, presupuestos de la moralidad de los actos y a la dignidad de la persona, respectivamente. Dicho de otro modo, son morales aquellos actos humanos que el agente realiza con advertencia y voluntad libre (materia) considerados desde el punto de vista de su adecuacin con la regla ideal de la conducta humana con el fin de alcanzar la perfeccin que le es propia (forma).

    ACTIVIDAD N 3

    1. Elabore un esquema sobre las etapas del Mtodo de la deontologa.

    2. A travs de un ejemplo explique los elementos del hecho moral.

    3. Qu reflexin puede realizar del texto que se encuentra en negrita en pg. 40?

    1.4.4. Caracteres del Hecho Moral. Especificidad y universalidad

    Habiendo visto los elementos del hecho moral desde el punto de vista de la conciencia, la realidad de la doble constriccin, y por fin, la esencia del hecho moral, en directa relacin con ste ltimo punto, podemos sintetizar los caracteres esenciales de ste fenmeno.

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    a. Especificidad. El hecho moral es irreductible a otros tipos de hechos humanos. La conciencia moral es el ncleo de esta especificidad, en tanto que es capaz de aprehender las normas morales generales y convertirse en legisladora del caso particular y luego en juez "inapelable" de la moralidad del acto.

    Esta doble funcin de legislador y juez de la conciencia es la razn de ser de la responsabilidad del sujeto moral. b. Universalidad. El hecho moral caracteriza a la humanidad, verificndose en

    todo tiempo y lugar. Los hombres "siempre y en todas partes, han admitido la existencia de valores morales, distintos de los valores materiales y se han sentido sujetos a leyes morales, distintas de las leyes fsicas y que enuncian un ideal de conducta". (Jolivet, op. cit., 11)

    La universalidad de las nociones de bien moral y de mal es innegable. Tanto como el hecho de que las costumbres evolucionan. Pero, siguiendo al Jolivet, no es la evolucin de las costumbres la que explica la moralidad, sino sta la que explica las vicisitudes de la evolucin moral de la humanidad.

    1.5. Ubicacin epistemolgica en el saber jurdico

    La Deontologa Jurdica, como ya se expuso, es una parte especial de la Deontologa, por lo que debemos considerar a nuestra asignatura, en el marco del plan de estudios de la carrera de abogaca, como una materia auxiliar y no como una materia especficamente jurdica. Ella es concurrente a la formacin integral del estudiante en orden a la dimensin tica de: a. Las conductas que se verifican en la actividad jurdica; donde se plantea una

    interrelacin entre el orden moral y el orden jurdico. b. La prxima actividad profesional del estudiante, que le plantear problemas

    ticos comunes a todas las profesiones y especficos de la abogaca. De all la necesidad de estudiar la naturaleza de la profesin de abogar y de sus grandes lneas de organizacin en nuestro sistema poltico.

    1.5.1. Practicidad de la Ciencia Jurdica

    El hombre, ser social por naturaleza, ha tenido conciencia, desde su ms remoto origen, del hecho jurdico. El fenmeno de lo jurdico es parte inseparable de la convivencia social, siendo sus fines ms evidentes, la ordenacin de dicha convivencia hacia el bien comn y el dirimir los conflictos de intereses que se plantean entre sus integrantes. En Roma asistimos al nacimiento de la "Iurisprudentia", como "ars boni et aequi" (el arte de lo bueno y lo equitativo), destinada a favorecer la consecucin de los fines prcticos mencionados en el prrafo precedente. La prudencia de lo jurdico, desde su ilustre origen, est ordenada en forma directa a regular la praxis jurdica de la sociedad histrica en la que vive el "juris-prudente". En la Modernidad, por diferentes vas, se tendi a concebir a la ciencia jurdica como una ciencia terica, propugnndose inclusive el razonamiento deductivo a partir de principios, de acuerdo al mtodo de las ciencias positivas (sean stos principios los de un Cdigo de Derecho Natural a la manera racionalista; los de la

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    Legislacin a la manera de la Escuela Exegtica; o los de la Dogmtica Jurdica a la manera de la Jurisprudencia de Conceptos). La culminacin de esta tendencia es la concepcin de una ciencia "pura" del derecho, que deja de lado todo aspecto valorativo, sociolgico o poltico. Los cientficos del derecho, dedicados a la teora y a la metodologa que le es propia, pierden de vista la vida concreta -histrica- del derecho, y consecuentemente, los planes de estudio de abogaca se estructuraron dejando de lado las materias que se refieren a aspectos prcticos de lo jurdico, como lo es la Deontologa Jurdica. Contemporneamente las concepciones teoricistas de la ciencia jurdica estn en crisis. Es que el desarrollo cientfico, a espaldas de la vida jurdica, tiende a encerrarse en s mismo y deja de servir a la sociedad. Se desarrolla (como lo cuenta graciosamente Rudolf Ihering en "Bromas y Veras de la Jurisprudencia") una ciencia "de profesores" divorciada de la prctica tribunalicia. Esta prctica, requiere ser "iluminada" por una ciencia a su servicio a fin de coadyuvar a una plena prudencia de lo jurdico. En la actualidad, los aspectos prcticos que hacen al derecho, como son los sociolgicos, ticos, metodolgicos, etc. han sido revalorizados. Asistimos al renacimiento del razonamiento tpico y hasta de la retrica desarrollados por los juristas de la antigedad, por adecuarse perfectamente a los requerimientos de la prctica del derecho. Es coherente con esta direccin cientfica la inclusin en los planes de estudio de la carrera de Abogaca de la Deontologa Jurdica como nexo entre los estudios universitarios (preponderantemente tericos) y la prxima etapa del graduado, inmersa en la praxis del derecho. En esta etapa el graduado se enfrentar a cuestionamientos ticos provenientes de situaciones profesionales concretas y especficas, que requieren un conocimiento previo de la normativa pertinente, pero sobre todo, la posesin de criterios y hbitos de reflexin para dar las respuestas adecuadas.

    1.5.2. Iniciativas desde el mbito Profesional

    Es digno de ser destacado que la inquietud por la enseanza universitaria de nuestra asignatura fue planteada, en primer lugar, desde los propios mbitos profesionales a travs de sus entes de colegiacin y de numerosos congresos. Ral Horacio Vias, en su importante obra "tica y Derecho de la Abogaca y Procuracin" resea los hitos fundamentales de este movimiento en nuestro pas, tras citar antecedentes de la cultura universal a este respecto. El primer cdigo de tica profesional en nuestro pas fue el del Colegio de Abogados de Buenos Aires, institucin que en el ao 1918 adopt como propias las Reglas de tica de la Asociacin del Foro de Nueva York, empendose en la ms amplia difusin de stas normas en todo el pas. Debe destacarse que este Colegio es una asociacin civil de afiliacin voluntaria, respondiendo la iniciativa de adoptar un cdigo de tica al impulso de los mismos profesionales colegiados. Llama la atencin el hecho de la "adopcin" de las normas ticas de una asociacin extranjera. En este aspecto debe destacarse la tradicin y prestigio de los colegios profesionales en la rbita cultural anglosajona, la que se caracteriza por su pragmatismo. Es que en definitiva, la estricta observancia de normas ticas en el ejercicio profesional, redunda en beneficio directo de la profesin y en consecuencia, de los profesionales.

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    El tratamiento ms sistematizado y profundo de la cuestin se dio en las Jornadas de tica de la Abogaca, realizadas en Rosario, Provincia de Santa Fe, en 1967. Las conclusiones de la Comisin que trat especficamente el tema de la enseanza de la tica profesional, constituyen una adecuada sntesis del problema. Las mismas sirvieron de referencia ineludible para la confeccin del programa de nuestra asignatura. Por su trascendencia se incluyen las conclusiones como Apndice II.

    1.5.3. Realidad de la Inconducta Profesional

    En las ya mencionadas Jornadas de tica de la Abogaca de 1967 se trat extensamente este punto. Los asistentes reconocieron entonces que las situaciones de inconducta profesional se producen con relativa frecuencia y asumiendo a veces singular gravedad. (Consultar Vias, op. cit., 10 y ss.) Este problema puede abordarse desde distintos puntos de vista: a. El sociolgico, donde el aspecto ms relevante es la superpoblacin de

    abogados, en un contexto de progresivo achicamiento de recursos y de sobrevaloracin social de lo econmico.

    b. El educativo, por la ausencia de conocimiento y reflexin, en la Universidad y en las corporaciones profesionales, de las normas de tica profesional.

    c. El especficamente deontolgico, por el relajamiento de la lealtad debida por

    el profesional al cliente, a los magistrados y a la profesin. Este ltimo aspecto merece una reflexin aparte. Existe una crisis moral de la abogaca con caracteres de enfermedad terminal? En 1967 se coincidi en una respuesta: los abogados participan de una crisis moral general de la sociedad, en la que se verifica una subversin de los valores tradicionales. No es entonces el conjunto de los abogados un grupo especialmente afectado de inmoralidad. Esta respuesta es razonable, pero de ningn modo puede inducirnos al conformismo o al quietismo. Como se ver durante el desarrollo de la asignatura, en los Estados de Derecho, la Abogaca es una profesin "sistmica"; esto es, hace al mismo funcionamiento del sistema. El sistema "lo pone" al abogado como un auxiliar necesario de la Administracin de Justicia; adems, la compleja realidad social lo requiere como un elemento de consulta ineludible. Si tenemos en cuenta que la vigencia efectiva del Derecho es uno de los valores ms altos de la vida en sociedad, debemos concluir que las fallas ticas de los abogados, a quienes el sistema hace jugar un papel tan importante en este cometido, tienen una repercusin social enorme. Dicho en otras palabras, en esta profesin, la tica, cuando falta, "brilla por su ausencia". Si la Abogaca es una suerte de ministerio social, si la vinculacin con el cliente excede la mera locacin de servicios, si los Estudios Jurdicos no son ni pueden ser empresas de comercio, lo es en virtud de un compromiso de esencial contenido moral del abogado para con la sociedad, por lo que, rota la lealtad debida por parte del abogado, se quiebra la misma razn de ser de la profesin. Si admitimos que en esta sociedad "postmoderna" los valores econmicos se consideran como los ms elevados, an en detrimento de la tica, una profesin

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    cuya esencia es la tica, se ver afectada de raz. En conclusin, se ver sumida en una crisis terminal. Se dir que por el momento no aparecen vientos de reforma en el horizonte y que, en consecuencia, la sociedad tendr que aguantarse la crisis por mucho tiempo ms? Quizs. La decadencia de Bizancio se prolong durante siglos, pero fue finalmente liquidada, como un trmite administrativo, por el Imperio Otomano. No es ms prudente desde ya plantearnos al menos la necesidad de reforma de la abogaca? Si esta asignatura ayudara a crear una inquietud al respecto, slo por eso se vera justificada en los planes de estudio. REMISIN A LOS APNDICES II, III Y IV Al final de estos apndices se encuentran, seudos ejercicios, a los que nos remitimos.

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    UNIDAD II

    2. PRINCIPALES LNEAS ACERCA DEL FUNDAMENTO DE LA MORAL

    Como ya vimos, el fenmeno de la moralidad es connatural al hombre a lo largo de su devenir histrico. Y tal fenmeno se manifiesta principalmente en juicios de aprobacin o censura sobre la conducta libre del hombre. Dicho juicio puede ser realizado tanto en forma previa como posterior al acto en cuestin. Adems, una persona puede juzgar su propia conducta como asimismo juzgar la conducta ajena. Tampoco es ajeno a nuestra experiencia vital el que la conducta de los otros pueda ser juzgada moralmente; en la intimidad de nuestra conciencia hasta en pblica exposicin. Hasta aqu, nos limitamos a verificar el hecho del juicio moral sobre las conductas propias y ajenas. Pero, cuando yo me juzgo a mi mismo o cuando participo en una discusin acerca de la conducta de otro... En virtud de qu criterio, pauta, o principio me baso para fundamentar mi juicio? Cmo obtengo los principios que fundamentan el juicio moral? Con estas cuestiones ingresamos de lleno en el tema del fundamento de la moral. Es un hecho que todos decimos que determinadas conductas son buenas y que otras, en cambio, son malas. El asunto a develar es POR QU, CON QU FUNDAMENTOS, decimos que son buenas o malas. Precisemos un poco ms la cuestin acerca del fundamento de la moral en dos preguntas: Existe un bien moral objetivo capaz de servir de fundamento a los preceptos morales? En caso afirmativo: de qu modo podemos conocer ese bien moral objetivo?, El pensamiento humano ha formulado las ms diversas respuestas a estos interrogantes a lo largo de la historia. En la Unidad que estamos estudiando hemos seleccionado entre las principales, tres grandes direcciones doctrinarias.

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    ACTIVIDAD N 4

    REMISIN A LA BIBLIOGRAFA. Vamos a utilizar como texto de consulta la obra de Jacques Leclercq (v/ Bibliografa Bsica) LAS GRANDES LINEAS DE LA FILOSOFIA MORAL. Este autor trata el tema con una amplitud mucho mayor que la que exige el programa. Por ello vamos a tomar de su texto slo tres direcciones principales de permanente vigencia, sin por ello entender que hemos agotado las variantes posibles. Recordemos la pregunta clave:

    existe un bien moral objetivo en el que se puedan fundamentar las reglas morales?

    Agrupamos las posibles respuestas en tres grandes direcciones del pensamiento humano, recurriendo al siguiente esquema y consignando entre parntesis el nmero de las pgina correspondientes de la obra de Leclercq (tomamos la tercera edicin, Ed. Gredos, Madrid). a. Respuestas negativas: direccin sociolgico positivista: Actitud escptica (52/54) Relativismo contemporneo (54/57) Positivismo Sociolgico (57/62) Crtica (65/73) 1. Empricas b. Respuestas positivas: 2. Racionales b.1. El empirismo: direccin utilitarista Ejemplos: Hedonismo, Eudemonismo (83/89). Utilitarismo Moderno (Bentham, 89/103). b.2. Morales racionales: direccin del realismo moral. Ejemplo: Moral Cristiana (194/202).

    2.1. DIRECCIN SOCIOLGICO POSITIVISTA

    Vamos a encontrar un antecedente de la moderna concepcin sociolgico-positivista en los antiguos pensadores escpticos. En todas las pocas se ha verificado la existencia de actitudes, ms que doctrinas, de corte escptico, respecto de la capacidad de la razn para conocer y formular reglas de conducta de validez universal. Dicha actitud se manifiesta cclicamente en todas las culturas.

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    ACTIVIDAD N 5

    Recurra a Leclercq (52/57) y de la lectura del texto, responda los siguientes interrogantes: 1. Por qu el autor caracteriza al escepticismo como una tendencia del

    pensamiento, ms que como una doctrina o